sábado, 28 de junio de 2025

No se declara válido el testamento acompañado en autos en cuanto a sus formas

 

Expte. N° 84778/2024 - “C C J s/ sucesión testamentaria” – CNCIV - SALA A – 09/06/2025

Publicado por elDial.com

SUCESIÓN TESTAMENTARIA. Testamento otorgado por un ciudadano español con domicilio en Argentina en la sede del Consulado de España en esta ciudad. Cónsul adjunto en funciones notariales. Omisión de presencia de dos testigos ante el cónsul. Art. 3636 del Código Civil. El testamento hecho en la Argentina, aunque celebrado en la sede del consulado de España debe reunir las solemnidades exigidas por nuestro ordenamiento. No se declara válido el testamento acompañado en autos en cuanto a sus formas

Citar: elDial.com - AAE980

miércoles, 8 de diciembre de 2021

En vísperas de un principio del derecho que considere al animal como sujeto sintiente

 


En vísperas de un principio del derecho que considere al animal como sujeto sintiente

Fundando en una muy probable y futura existencia de un principio del derecho que considere al animal como sujeto sintiente, no podría invocarse el punto de conexión domicilio del propietario o responsable si éste lo tuviera fuera de Argentina cuando el animal estuviera localizado en el país, si en aplicación de ese punto de conexión se quitan derechos al animal. Por ello, se propone la creación de normas internacionales que permitan aplicar mediante el criterio de favorabilidad aquella que sea tal aplicando la correspondiente a la ley del lugar de localización o la del domicilio del responsable entendiendo por tal al propietario o guardián.                                                          .


La ley del teletrabajo, el teletrabajo internacional


 

La atribución de jurisdicción en el teletrabajo internacional


 

 

La restitución no siempre beneficia a los niños

La procuradora fiscal ante la Corte Suprema, Adriana García Netto, dictaminó a favor de una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires que denegó la restitución internacional de un niño al entender que existe “un grave riesgo para el menor en el caso de procederse a su reintegro y en la oposición del niño a esa medida”. 


https://www.diariojudicial.com/nota/75117

Restitución internacional de Menores

 

El niño vuelve a su país

Un Juzgado de Córdoba ordenó la restitución de un menor a Venezuela (su país de origen), donde reside su padre. El niño había viajado junto a su madre el año pasado, y la sentencia tuvo por probado que la progenitora trajo al menor "en forma intempestiva e ilícita".

https://www.diariojudicial.com/nota/90264